Bono social de la luz: requisitos y cómo solicitarlo
El bono social es un descuento sobre la factura de la luz para hogares vulnerables. Se aplica únicamente sobre la tarifa regulada PVPC (por eso, para tenerlo, debes estar en el PVPC) y lo financian las comercializadoras. Aquí tienes el descuento que ofrece, quién tiene derecho, los umbrales de renta y cómo solicitarlo paso a paso.
¿Qué descuento ofrece el bono social?
- Consumidor vulnerable: 25% de descuento sobre el PVPC.
- Consumidor vulnerable severo: 40% de descuento.
- En riesgo de exclusión social (vulnerable severo + atendido por los servicios sociales que cofinancian el suministro): puede llegar a cubrir el 100% dentro de unos límites de energía.
El descuento no es ilimitado: se aplica sobre un límite de energía anual que depende del tipo de hogar (varía si hay menores, etc.). Por encima de ese límite, pagas el PVPC normal.
Umbrales de renta (en múltiplos del IPREM)
El requisito principal es de renta: que los ingresos de la unidad familiar no superen un múltiplo del IPREM (el indicador de referencia de rentas en España). El umbral sube con el número de menores y con circunstancias especiales:
| Unidad familiar | Vulnerable (hasta) | Vulnerable severo (hasta) |
|---|---|---|
| Sin menores | 1,5 × IPREM | 0,75 × IPREM |
| Con 1 menor | 2 × IPREM | 1 × IPREM |
| Con 2 menores | 2,5 × IPREM | 1,25 × IPREM |
Esos múltiplos aumentan en medio punto si concurre una circunstancia especial (discapacidad reconocida, víctima de violencia de género o de terrorismo, situación de dependencia, etc.). Es una guía orientativa: consulta las cifras exactas en euros vigentes en la web oficial bonosocial.gob.es.
Otras vías de acceso (sin mirar la renta)
Además del criterio de renta, tienen acceso al bono social:
- Familias numerosas: tienen derecho con independencia de la renta (con un límite de ingresos alto).
- Pensionistas con la pensión mínima (jubilación o incapacidad permanente) cuya unidad familiar no tenga otros ingresos relevantes.
En todos los casos, el titular del contrato debe ser persona física, con el suministro en su vivienda habitual y potencia contratada ≤ 10 kW.
¿Cómo se solicita, paso a paso?
- Asegúrate de estar en el PVPC con una comercializadora de referencia (COR); si estás en el mercado libre, primero tendrás que pasarte.
- Reúne DNI/NIE de todos los miembros, certificado de empadronamiento colectivo y la documentación de renta (o autoriza su consulta).
- Descarga el formulario oficial de solicitud y los anexos que pida tu COR.
- Envíalo a tu COR por su canal oficial (web, email o correo postal).
- El bono tiene una vigencia de 2 años y hay que renovarlo antes de que caduque para no perderlo.
Si te lo deniegan y crees que cumples los requisitos, puedes reclamar. Mientras decides, consulta el precio de la luz hoy y nuestros consejos para ahorrar.
Documentación según tu caso
| Tu situación | Documentación específica (además de DNI/NIE y empadronamiento) |
|---|---|
| Por renta | Declaración de la renta o certificado de imputaciones de la AEAT de todos los miembros (o autorización para que la consulten). |
| Familia numerosa | Título de familia numerosa en vigor. Es la única vía sin umbral de renta estricto. |
| Pensionista con pensión mínima | Certificado de la pensión (jubilación o incapacidad permanente) expedido por la Seguridad Social. |
| Perceptor del Ingreso Mínimo Vital | Resolución o certificado del IMV: sus perceptores tienen la condición de consumidor vulnerable. |
| Circunstancias especiales | Certificado de discapacidad ≥ 33%, de dependencia (grado II o III), o acreditación de condición de víctima de violencia de género o de terrorismo: elevan el umbral de renta en 0,5 × IPREM. |
Renovación: cada 2 años (y qué pasa si caduca)
El bono social no se renueva solo (salvo para familias numerosas, cuya duración va ligada a la vigencia del título): dura 2 años y hay que pedir la renovación antes de que caduque, con el mismo formulario y documentación actualizada. Tu comercializadora de referencia debe avisarte en la última factura antes del vencimiento, pero no confíes solo en ese aviso: si caduca, pierdes el descuento hasta que se resuelva la nueva solicitud, y ese periodo sin descuento no se devuelve. Apúntate un recordatorio a los 22 meses.
¿Pierdo el bono si cambio de titular o me mudo?
El bono social está ligado al titular y a su vivienda habitual. Si te mudas, tendrás que volver a solicitarlo para el nuevo suministro (acreditando el empadronamiento en la nueva vivienda). Si cambia el titular del contrato (por ejemplo, por fallecimiento o separación), el nuevo titular debe pedirlo con sus propios requisitos: el descuento no se hereda con el contrato.
¿Es compatible con placas solares (autoconsumo)?
Sí. Puedes tener autoconsumo con compensación de excedentes y bono social a la vez, siempre que sigas cumpliendo los requisitos y permanezcas en el PVPC con una comercializadora de referencia. El descuento se aplica sobre la energía que consumes de la red; la compensación de excedentes se descuenta aparte en la factura.
¿Y si estoy en el mercado libre?
El bono social solo existe dentro del PVPC, así que el primer paso es cambiarte a una comercializadora de referencia (COR) — son las designadas por el Gobierno y están obligadas a aceptarte si tu potencia es ≤ 10 kW. El cambio es gratuito, no requiere tocar la instalación y no te pueden cobrar penalización por dejar el mercado libre salvo que tengas un contrato con permanencia vigente (revisa esa cláusula antes). Puedes comparar ambas opciones en PVPC o mercado libre.
El bono social térmico: un pago extra automático
Si tienes concedido el bono social eléctrico, recibirás además el bono social térmico: una ayuda anual en un pago único para calefacción, agua caliente y cocina que gestionan las comunidades autónomas. No hay que solicitarlo — se concede automáticamente a los beneficiarios del bono eléctrico a 31 de diciembre — y su importe depende de la zona climática y del grado de vulnerabilidad.