IVA e impuestos de la luz en 2026: IVA e impuesto especial de electricidad

Cuando miras tu factura de la luz, una buena parte de lo que pagas no es energía: son impuestos. En España, sobre el consumo eléctrico se aplican principalmente dos: el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE), también llamado impuesto eléctrico, y el IVA. En esta guía te explicamos, con datos actualizados a 2026, cuánto suponen, en qué orden se calculan y cómo afectan a lo que pagas cada mes, tanto si tienes la tarifa regulada PVPC como una tarifa del mercado libre.

Qué impuestos lleva la factura de la luz

La factura eléctrica de un hogar incluye dos grandes bloques antes de impuestos: el término de potencia (un coste fijo según los kW que tengas contratados) y el término de energía (lo que consumes, medido en kWh). A eso se suman conceptos regulados como los peajes, los cargos y el alquiler del contador. La suma de todos estos conceptos forma la base sobre la que después se aplican los impuestos.

Sobre esa base se añaden, en este orden, primero el impuesto eléctrico y, por último, el IVA. Es importante entenderlo porque el IVA no grava solo la energía: grava todo el conjunto, incluido el propio impuesto eléctrico. Es decir, pagas un impuesto sobre otro impuesto.

El impuesto especial sobre la electricidad (IEE) en 2026

El IEE es un impuesto indirecto armonizado a nivel europeo (Directiva 2003/96/CE) que grava el suministro de electricidad al consumidor final. Lo recauda la Agencia Tributaria y aparece en tu factura como una línea independiente, situada después de los conceptos de potencia y energía y antes del IVA.

En 2026, el tipo ordinario del impuesto eléctrico es del 5,11269632 %, según la Agencia Tributaria. Ese porcentaje se aplica sobre la base imponible del suministro (potencia más energía más los costes regulados que correspondan).

La rebaja temporal de 2026 y su fin anticipado

Durante una parte de 2026 hubo una rebaja extraordinaria. El Real Decreto-ley 7/2026, de 20 de marzo (Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio, publicado en el BOE), redujo de forma temporal el impuesto eléctrico desde el 5,11269632 % hasta el 0,5 %, que es el tipo mínimo permitido por la normativa comunitaria. Esa rebaja estuvo en vigor desde su publicación en el BOE el 20 de marzo de 2026.

Estaba prevista hasta el 30 de junio de 2026, pero contenía una cláusula de desactivación automática: si la inflación energética se moderaba, los tipos volvían antes a su nivel ordinario. Según la Agencia Tributaria, al no superar la variación del IPC del componente energético de abril de 2026 el umbral del 15 % interanual, la rebaja se desactivó de forma anticipada. Por eso, desde el 1 de junio de 2026 el impuesto eléctrico volvió a aplicarse al tipo ordinario del 5,11269632 %.

Las cuotas mínimas del impuesto eléctrico

El impuesto eléctrico tiene un suelo. La Ley de Impuestos Especiales fija unas cuotas mínimas: 0,5 € por MWh para uso industrial y 1 € por MWh para el resto de usos (entre ellos, los hogares). Cuando el resultado de aplicar el 5,11269632 % sobre la base es inferior a esa cuota mínima, se cobra la cuota mínima en su lugar. Para un hogar con consumo normal esto rara vez ocurre, pero conviene saber que existe ese mínimo, sobre todo en periodos de muy bajo consumo.

El IVA de la luz en 2026

El IVA es el impuesto que se aplica en último lugar y sobre el importe total de la factura. En 2026, el IVA de la electricidad es el tipo general del 21 %.

Conviene recordar el recorrido reciente para no confundirse. Entre 2021 y 2024 hubo rebajas excepcionales del IVA de la luz (llegó a estar en el 5 % y después en el 10 %) para amortiguar la escalada de precios. Esas medidas se fueron retirando y, desde enero de 2025, el IVA de la luz volvió al 21 %. En 2026 se repitió un episodio similar: el citado RDL 7/2026 rebajó temporalmente el IVA al 10 % desde su entrada en vigor el 20 de marzo de 2026 y, en principio, hasta finales de mayo de 2026, para contratos de hasta 10 kW de potencia (la inmensa mayoría de hogares, autónomos y pymes). Al cumplirse la condición de moderación de la inflación, esa rebaja también terminó antes de lo previsto y, desde el 1 de junio de 2026, el IVA de la electricidad es de nuevo del 21 %.

Salvo nuevas medidas del Gobierno, ese 21 % es el que se aplica actualmente a tu factura, independientemente de que estés en el mercado regulado (PVPC) o en el libre, y de la comercializadora que tengas.

Cómo se calcula la factura paso a paso

El orden de cálculo es siempre el mismo y entenderlo te ayuda a comprobar que tu factura está bien:

El alquiler del contador merece una mención: es una cuota regulada que pagas a la distribuidora por el equipo de medida, suele situarse en torno a 0,80–1,50 € al mes según el tipo de contador, y también tributa al 21 % de IVA.

Un ejemplo numérico orientativo

Imagina una factura mensual cuya base imponible (potencia + energía + cargos + contador) suma 60 €. El cálculo sería aproximadamente así:

En este ejemplo, los impuestos suponen unos 16,3 € de los 76,3 € totales: más de un 21 % de la factura final. Es un ejemplo orientativo; tu importe real depende de tu consumo, tu potencia contratada y tu tarifa. Si quieres una estimación ajustada a tu caso, usa nuestra calculadora de factura o consulta cómo se forma el precio del kWh.

¿Hay forma de pagar menos impuestos en la luz?

Los tipos impositivos los fija la normativa y no se pueden negociar, pero el impuesto eléctrico y el IVA se calculan sobre tu consumo: cuanto menor sea tu base imponible, menos impuestos pagas en términos absolutos. Por eso, ajustar la potencia contratada, desplazar el consumo a las horas más baratas y mejorar la eficiencia del hogar reducen tanto la energía como los impuestos asociados.

Algunas vías a tener en cuenta:

Autoconsumo y comunidades energéticas: novedades de 2026

Más allá de los tipos impositivos, el mismo Real Decreto-ley 7/2026 introdujo medidas para impulsar el autoconsumo y las comunidades energéticas, que pueden reducir tu factura (y, con ella, los impuestos que pagas). Entre los cambios más relevantes:

La energía solar de autoconsumo no está exenta del IVA en la factura del suministro de red, pero sí reduce la energía que compras a la red y, por tanto, la base sobre la que se calculan el impuesto eléctrico y el IVA. Lo mismo ocurre con sistemas eficientes como la aerotermia: con un COP de entre 3 y 5 (es decir, entregando entre 3 y 5 kWh de calor por cada kWh eléctrico consumido), el gasto en climatización baja, y con él, los impuestos asociados.

En resumen

En 2026 tu factura de la luz incluye el impuesto eléctrico al 5,11269632 % y el IVA al 21 %, ambos restaurados a su nivel ordinario el 1 de junio de 2026 tras la rebaja temporal del RDL 7/2026. El IVA se aplica sobre el total, incluido el impuesto eléctrico, y entre ambos suponen una parte considerable de lo que pagas. No puedes cambiar los tipos, pero sí tu consumo: ajustar potencia, aprovechar las horas baratas y mejorar la eficiencia reducen la base imponible y, con ella, los impuestos. Datos contrastados con la Agencia Tributaria y el BOE.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto es el IVA de la luz en 2026?
En 2026 el IVA de la electricidad es el tipo general del 21 %. Hubo una rebaja temporal al 10 % entre el 20 de marzo y mayo de 2026 (RDL 7/2026), pero al moderarse la inflación energética se desactivó de forma anticipada y desde el 1 de junio de 2026 volvió al 21 %, según la Agencia Tributaria.
¿Qué es el impuesto especial sobre la electricidad y cuánto se paga?
Es un impuesto indirecto (también llamado impuesto eléctrico o IEE) que grava el suministro de electricidad. En 2026 su tipo ordinario es del 5,11269632 % sobre la base imponible. Estuvo rebajado al 0,5 % entre marzo y mayo de 2026, pero recuperó su tipo ordinario el 1 de junio de 2026.
¿El IVA se aplica también sobre el impuesto eléctrico?
Sí. El orden de cálculo es: primero se suma la base (potencia, energía, peajes, cargos y alquiler del contador), después se añade el impuesto eléctrico y, por último, se aplica el 21 % de IVA sobre ese total. Por eso el IVA grava también el importe del impuesto eléctrico.
¿Existe un mínimo de impuesto eléctrico aunque consuma poco?
Sí. La normativa fija cuotas mínimas de 0,5 € por MWh para uso industrial y 1 € por MWh para otros usos, como los hogares. Si el resultado de aplicar el 5,11269632 % es inferior a esa cuota mínima, se cobra el mínimo. En un hogar con consumo normal rara vez se activa.
¿Puedo pagar menos impuestos en la factura de la luz?
Los tipos los fija la ley, pero se calculan sobre tu consumo: cuanto menor sea la base imponible, menos pagas en euros. Ajustar la potencia, consumir en las horas más baratas y mejorar la eficiencia reducen tanto la energía como los impuestos. Puedes estimar tu caso con la calculadora de factura.
¿El IVA reducido de la luz volverá en 2026?
De momento no está previsto: desde el 1 de junio de 2026 el IVA es del 21 % y el impuesto eléctrico del 5,11269632 %. Las rebajas anteriores fueron medidas temporales ligadas a crisis energéticas y a un umbral de inflación. Una nueva rebaja dependería de que el Gobierno apruebe otra norma, como ocurrió con el RDL 7/2026.